EL MATRIMONIO Y LOS DERECHOS DEL CONCUBINATO EN MÉXICO.

Tradicionalmente en nuestro país, hemos visto al matrimonio como el centro de la familia, como una institución fundamental y fuente de las relaciones familiares, el matrimonio ha sido visto como la base jurídica y social para formar una familia sólida, creando una estructura estable para la convivencia familiar.

En el matrimonio se construyen nuevos lazos con la familia política y crece así más tu familia, el matrimonio es vista como una institución que fortalece el tejido social y como el matrimonio debe ser una relación de respeto y amor, entonces, proporciona la base más segura para el desarrollo de los hijos y el bienestar de los cónyuges.

El matrimonio produce efectos jurídicos sobre los bienes de los cónyuges sobre los hijos y sobre los alimentos, como pasa con el Régimen de Separación de Bienes en él matrimonio; en donde los cónyuges conservarán la propiedad y la administración de los bienes que respectivamente les pertenecen y en consecuencia los frutos y accesorios de esos bienes y por otro lado, en el Régimen de Sociedad Conyugal; que consiste en la integración y administración de un patrimonio común diferente de los patrimonios propios de los cónyuges. El dominio de los bienes que la integran lo tienen ambos cónyuges mientras la sociedad subsista.

También existen las capitulaciones matrimoniales, mismas que pueden otorgarse antes de la celebración del matrimonio, al momento de celebrarse el matrimonio o posteriormente al matrimonio.

En el matrimonio, ambos cónyuges están obligados a contribuir económicamente a sostener el hogar y a otorgar alimentos a sus hijos, esta obligación será en la forma y proporción que los cónyuges acuerden y en atención a sus posibilidades.

Si uno de los cónyuges se dedica al trabajo en el hogar o al cuidado de los hijos, la ley considera que el desempeño del trabajo en el hogar o el cuidado de los hijos se estimará como contribución económica al sostenimiento del hogar.

Entonces, hemos visto que históricamente nuestro país, se ha caracterizado por seguir normas afectivas de carácter conservador respecto a las relaciones sexo afectivas entre parejas, lo que se traduce en el vínculo denominado “Matrimonio”, es decir, socialmente es bien visto que una pareja que se conoce y mantenga una relación afectiva, después contraigan matrimonio y naturalmente como consecuencia de ello vivan juntos, sin embargo, grandes sectores de la sociedad mexicana han cambiado su manera de pensar, ya que hoy día los matrimonios han decrecido considerablemente y hay muchas parejas que han decidido vivir en concubinato.

EL CONCUBINATO.

El concubinato es una figura jurídica que permite contraer de esa convivencia consecuencias jurídicas, es decir, existen consecuencias jurídicas por vivir juntos.

Recordemos que el matrimonio deviene de un acto jurídico solemne y formal, del cual se documenta el acto en un documento público denominado “acta de matrimonio” expedido por un juez del registro civil.

El concubinato es la unión entre dos personas que, sin contraer matrimonio civil, conviven de forma constante, permanente y pública como pareja. En donde derivado de esa convivencia se generan derechos y obligaciones, similares al matrimonio (como en los alimentos y la herencia).

En el concubinato no existe un acto solemne donde se firme y se entregue un documento público como pasa en el matrimonio, sin embargo, en estos tiempos debemos fortalecer la idea de la protección de derechos de aquellos que deciden vivir en concubinato.

Para que una de las partes de esa relación pueda probar la existencia del concubinato, se requiere de pruebas que demuestren la existencia del mismo, por ejemplo, que pruebe que ha existido convivencia de pareja en un mismo domicilio de al menos dos años o también se acredita, cuando después de los dos años tienen hijos en común, sin embargo, el requisito del tiempo se elimina si la pareja antes de los dos años han concebido un hijo, entonces, como resultado de la relación de pareja en concubinato, ambas partes tienen reconocidos los siguientes derechos: 1)El Derecho a los Alimentos: Ambas partes tienen derecho a recibir pensión alimenticia durante la convivencia y en caso de separación si lo necesitan; 2) Derechos Sucesorios: tienen derecho a heredar en caso de muerte, siempre que se cumplan los requisitos de convivencia y ninguno esté casado con otra persona. 3) Derecho de Seguridad Social: tienen derecho a recibir servicios de salud y pensiones de viudez o orfandad en instituciones como el IMSS o ISSSTE. 4) Derechos de Propiedad: En caso de separación, se pueden reclamar los bienes adquiridos durante la convivencia si se demuestra contribución económica y 5)Protección Familiar: el derecho a recibir alimentos, vivienda y educación de hijos comunes.

En Conclusión, el matrimonio da mayor seguridad jurídica para los cónyuges y facilita trámites legales para el cónyuge que lo solicita, como las pensiones, la herencia o la seguridad social, esto porque el vínculo procede de un contrato formal, y por otro lado el concubinato sí es más práctico y libre, sin embargo, el que lo necesite, tendrá que demostrar la convivencia y elementos del concubinato para acceder a derechos limitados.

Al final de cuentas, casarse o vivir en concubinato es una decisión libre y consciente.

    GRACIAS.

Por Miguel Ángel Flores Correa.

Licenciado en Derecho, Maestro en Política Criminal, Especialista en Derecho Civil, Familiar y Mercantil con 24 años de experiencia.

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