EL DERECHO A LA SALUD EN MÉXICO.

México tiene una historia importante en la lucha y reconocimiento de derechos fundamentales, también conocidos como derechos humanos, mismos que están consagrados en nuestra Constitución, entonces el Estado Mexicano tiene la obligación de promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos sin distinción alguna.

EL derecho a la salud, es reconocido también en Tratados Internacionales como lo es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, donde reconocen a la salud como un derecho indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos. Todo aquel país que forme parte de un Tratado Internacional, tiene la obligación de proteger y cumplir los derechos en él consagrados y en el caso concreto, deberá procurar que la política en materia de salud se proteja con un enfoque humanista, es decir, que se establezca un sistema de salud respetuoso con los derechos humanos, con eficacia, con infraestructura, medicamentos suficientes y calidad en él servicio.

Entonces, no debemos perder de vista que la salud, requiere ser medida en su eficiencia y eficacia con cualquier sector de la población, incluidas la preparación y respuesta a emergencias de salud pública (pandemia), estos principios incluyen; la No discriminación e igualdad, con el propósito de lograr la equidad para determinar y abordar las injusticias y las disparidades de salud que existen entre diferentes sectores de la población.

Cuando se garantice la salud de manera integral, en igualdad de circunstancias sin importar género, raza, etnia, discapacidad, orientación sexual, identidad de género o condición socioeconómica, permitiría elevar al Estado a un nivel inimaginable, ganándose el reconocimiento de cualquier persona. 

El Estado, debe estar dispuesto a escuchar al ciudadano que utiliza el servicio de salud de nuestro país, y debe permitirle participar para que se de cuenta de las carencias y necesidades reales que los determinados sectores de salud puedan tener.

Toda participación debe incluir estrategias para abordar los desequilibrios de poder, se deben valorar las pruebas basadas en la experiencia y gestionar los conflictos de intereses a fin de dar respuesta a las necesidades y las expectativas de los beneficiarios para que se tome en cuenta al momento de determinar las prioridades en materia de gasto público.

El Estado y cualquier dependencia de gobierno debe trabajar con transparencia y derivado de ello, estar dispuesto a rendir cuentas, para evaluar periódicamente el cumplimiento correcto del gasto público en materia de salud.

Como ya lo mencionamos,el Estado Mexicano, está obligado según los Tratados Internacionales a utilizar la máxima cantidad de recursos disponibles para desarrollar y aplicar políticas y programas basados en los derechos humanos incluyendo:

La Disponibilidad, suficiente para atender las necesidades básicas y prioritarias de salud de la población, esto es, contar con un número suficiente de clínicas y hospitales que otorguen bienes y servicios de salud de calidad, para toda la población.

La accesibilidad, esto es, que los establecimientos, los bienes y los servicios de salud sean accesibles para todos.

Para evaluar la accesibilidad se analizan los obstáculos físicos, geográficos, económicos a los sistemas y los servicios de salud, y determinar de qué manera puede afectar a las personas en situación de marginación.

La calidad, respecto a este punto, es importante observar el universo inmerso al sistema de salud, en donde se incluyen, Hospitales, clínicas, Médicos, especialistas, técnicos, enfermeras, camilleros, laboratorios, áreas de investigación, entre muchas otras áreas humanas y técnicas que deben ser suficientes y de buena calidad para dar un servicio apegado al derecho humano de la salud y por otro lado, en la calidad debe observarse edificios seguros, eficaces, oportunos (menos tiempos de espera), equitativos (atención cuya calidad no varíe en función de la edad, el género, la etnia, la discapacidad, la ubicación geográfica o la situación socioeconómica), integrados  (que ofrezca toda una gama de servicios de salud a lo largo del curso de vida) y eficientes.

Entonces para concluir, debemos preguntarnos lo siguiente, ¿el Estado Mexicano, realmente garantiza el derecho a la salud? Se cumplirá lo establecido en el Artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ¿el cual establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud?, en realidad se cumple ese derecho o solo es letra muerta?

El Estado debe entender, que el día en que garantice el derecho a la salud de manera eficiente y sin distinciones de ninguna naturaleza, entonces estará mostrando a sus gobernados, que la voluntad para cumplir y permitir un acceso digno a la salud de calidad existe y está a la vista, sin embargo, por lo pronto, todo queda en discurso.

A Cualquier persona que no le sea reconocido su derecho a la salud, podrá solicitar la protección de la justicia federal a través del juicio de amparo.

GRACIAS…

Por Miguel Ángel Flores Correa.

Licenciado en Derecho, Maestro en Política Criminal, Especialista en Derecho Civil, Familiar y Mercantil con 24 años de experiencia.

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